A los congresistas les quitó la prima de servicios, porque no le apoyaron sus reformas. Eso se llama “cobrar por adelantado”.
Prima – reformas – menos plata.
A 130 días de la primera vuelta para elegir presidente de la República, el presidente Gustavo Petro mediante decreto 0030 de enero de 2026, decidió “quitarle” la prima de servicios a los congresistas, prima de la que han gozados por muchos años, rebajando en casi 17 millones de pesos mensuales el salario de los senadores y representantes a la Cámara.
A cuatro meses de las elecciones presidenciales, Gustavo Petro suspendió la prima de servicios a los congresistas del país, pero los efectos fiscales serán a partir del próximo 20 de julio, fecha en que se posesionará los nuevos congresistas, elegidos el 8 de marzo atrás. Así quedó oficializado este martes, 20 de enero, con el Decreto 0030 del 19 de enero de 2026, firmado por el señor presidente, publicado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Los actualmente posesionados no perderán ni un peso de su sueldo, que es el siguiente:
.- Sueldo básico: 12.455.244.oo
.- Prima de servicios: 16.914.540.oo
.- Gastos de representación: 22.142.662.oo
TOTAL SALARIO MENSUAL: 51.512.446.oo.
55 millones de pesos es lo que actualmente reciben los congresistas en ejercicio, y a ese salario le reducen por los siguientes conceptos:
.- Aporte a salud: 2.060.000.oo
.- Aporte a pensión Colpensiones: 3.283.919.oo
.- Fondo solidaridad pensional: 515.200.oo
.- Fondo solidaridad subsistencia: 515.100.oo
.- Retención en la fuente: 12.259.000.oo
TOTAL DESCUENTO AL SALARIO: 18.633.717.oo
TOTAL RECIBIDO DE SALARIO CON DESCUENTOS: 32.878.729.oo
La “prima especial de servicios” para los congresistas fue establecida mediante el Decreto 2170 del 4 de octubre de 2013, sustituyendo las primas de localización, vivienda y salud de los congresistas por la ‘prima especial de servicios’, que constituye factor salarial para la liquidación de la prima de servicios y la prima de Navidad, y el Gobierno nacional de entonces la incorporó al régimen salarial y prestacional de los legisladores previsto en la Ley 4 de 1992.
Esta prima especial de servicios, – según el Gobierno – es la que dejarán de recibir los congresistas que serán elegidos el próximo marzo y posesionados el 20 de julio de 2026. Es decir, los actuales senadores seguirán recibiendo y hasta el 20 de julio de este año los 57.3 millones de pesos mensuales.
El presidente de la República expresó, a propósito de la suspensión de la prima especial de servicios que los congresistas “Se la pasan aprobando reformas tributarias contra los pobres, y hunden las que les ponen impuestos a los ricos. Por eso creo que es muy justo reducir el salario a los congresistas”.
Los siguientes dos considerandos del Decreto 0030 de 2026, indican la dirección de la orden del presidente Petro:
“Que a través del Decreto 2170 de 2013, se sustituyeron las primas de localización y vivienda y de salud de los congresistas, por la prima especial de servicios equivalente a la suma de siete millones ochocientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos ($7.898.445) moneda corriente, la cual se reajusta anualmente en el mismo porcentaje en que se reajusta la asignación básica y la cual constituye factor salarial para la liquidación de la prima de servicios y la prima de navidad. No obstante, la evolución del marco constitucional, fiscal y administrativo del Estado hace necesario revisar y ajustar los componentes del régimen remuneratorio, con el fin de asegurar su coherencia con los principios de sostenibilidad fiscal, racionalidad del gasto público, transparencia y equidad”.
“Que la remuneración percibida por los congresistas resulta desproporcionada en relación con el ingreso promedio de la población y con la realidad económica del país, haciendo imposible el cierre de brechas propuesto en la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida”, por lo que se hace necesario reorientar una senda de gastos y unas medidas de austeridad inmediatas y necesarias, en tanto no afecten los derechos fundamentales de los ciudadanos en este caso en particular de los congresistas”; DECRETA: Decreto 0030 de 2026. Suspensión de la prima especial de servicios.
A la fecha de hoy, los congresistas, devengan un salario de $51.512.446.oo.
Con vigencia del Decreto 0030 de 2026, eliminando la prima especial de servicios que es de $16.914.540, el monto que recibirán los congresistas desde julio de 2026 será de $34.597.906, respectivamente.
ADENDA: Otros salarios, de altos funcionarios públicos, podrían afectarse con el decreto 0030 de enero de 2026, que castiga con la supresión de la prima especial de servicios los salarios de los futuros congresistas.
El decreto 0030 de 2026, impacta los ingresos máximos permitidos para otros altos funcionarios de la administración pública en Colombia. Este esquema salarial, además de su efecto directo en el Congreso, determina los ingresos de otros funcionarios de otras ramas del poder público en Colombia, debido a normativas de equivalencia.
Dicha estructura está fundamentada principalmente en el Marco Constitucional y la Ley Marco de Salarios (Ley 4 de 1992), junto con decretos específicos que se actualizan anualmente.
El primero hace referencia al artículo 187, el cual establece que la asignación de los congresistas se reajustará anualmente por el Gobierno Nacional, basándose en el promedio ponderado de los cambios en la remuneración de los servidores de la administración central.
Mientras que la segunda normativa consiste en la equivalencia salarial de los servidores públicos del país. Los cargos que podrían afectarse son:
Los cargos que dependen de este ajuste o están vinculados a su tope salarial incluyen a los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura. También la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, lo mismo que el Registrador Nacional del Estado Civil y los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), el Fiscal General de la Nación y los magistrados del Tribunal de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mantienen sueldos alineados con los parlamentarios, reforzando el principio de jerarquía institucional, y podrían verse afectados se ven afectados por los mismos criterios de ajuste.
Según los criterios de equivalencia legal, la remuneración para los magistrados de las Altas Cortes será muy similar al nuevo estándar de los congresistas, quedando su salario bruto en el rango de $31,2 millones al mes.
Distinto es en los organismos de control: El Procurador General de la Nación históricamente recibió un total cercano a $55.313.179 mensuales, cifra que incluía todos los factores salariales de acuerdo con las tablas de 2025, según registros oficiales. Sin embargo, con la fijación del tope máximo para remuneraciones, se anticipa un ajuste a la baja para los nombramientos posteriores a 2026.
Por su parte, el Contralor General de la República tenía una asignación básica y gastos de representación por unos $21.855.508 al mes en 2025, aunque el total efectivamente percibido superaba los $45 millones, gracias a primas y bonificaciones. Según el nuevo esquema, estos montos deberán alinearse con los límites salariales que define la actualización normativa.
Quien ocupa el cargo de Defensor del Pueblo obtendrá un ingreso que se ajusta conforme a la equivalencia con magistrados de altas cortes, pasando a fluctuar entre $31 y $35 millones mensuales según los nuevos lineamientos de 2026.
El Registrador Nacional del Estado Civil, igualmente vinculado a la escala de magistrados, verá reducido su salario al quedar sujeto a la misma eliminación de beneficios, alineándose con los montos que percibirán los altos jueces y parlamentarios colombianos.
Tomado: Presidencia de la República, Decreto presidencial, Función Pública, Infobae, El Colombiano de Medellín, otros).
(Por JOTA.).
Y aquí va nuestra canción, para hoy.
José José: El amor acaba.








